La reforma procesal penal que promueve el gobierno provincial es cuestionada por múltiples razones; es inconsulta: con relación a los sujetos individuales y plurales que se verán afectados por ella (asociaciones civiles que defienden los derechos humanos, asociación de trabajadores judiciales, etc.); igual calificativo con relación a los centros de estudios universitarios que existen en el territorio provincial; misma calificante con respecto a los colegios profesionales de abogados, etc.; y así podría continuarse la lista hasta el cansancio; por ello está bien que reciba el estigma de una norma hecha con meros fines electoralistas. Por Hugo Blasco (*)

Trata de sacarle el discurso a la derecha cerril, abanderada de la mano dura, y de opacar el desastre carcelario y judicial, adecuadamente analizado por un fallo del Más Alto Tribunal de Justicia de nuestra Nación. Se pretende con un mero maquillaje, y además errático, adecuar el sistema procesal penal olvidándose de la realidad socioeconómica-cultural de la sociedad a quien pretende servir.

La democracia impone debate, intercambio de opiniones, consulta. Todo ello ausente en el trámite de la reforma que se pretende implantar. Y no basta con la opinión de los legisladores dado, que el tema los excede más que ampliamente. Ellos expresan un lineamiento originado en cada uno de sus partidos y la necesidad de una reforma exige la más amplia opinión de la sociedad.

La sorpresa de la imposición de un proyecto queda evidenciada por las múltiples voces que se han alzado contra la pretensión reformista, coincidamos o no con algunas de ellas, demuestran que por izquierda y por derecha la reforma promovida es inadecuada.

También se la califica de improvisada, aunque la "improvisación" consiste en el intento apresurado de zafar del caos profundizado por la reforma procesal de 1998, acelerando la aplicación de planes muy minuciosamente pensados en los centros de poder mundiales. Se trata de una verdadera fuga hacia delante, en el rumbo propiciado por el Banco Mundial y por su sucesor, el C.E.J.A. (Centro de Estudios Judiciales de América, de la O.E.A.), para la unificación del sistema procesal penal en el "patio trasero", conforme a los deseos imperiales.

Desde esa matriz internacional, y luego de un encuentro en Temuco (Chile, 2005), surgiría la idea de promocionar, como gran solución, la justicia instantánea, con experiencias piloto en Mar del Plata, San Martin y otros departamentos, para aplicar en los casos de flagrancia, en los que el autor es descubierto con las manos en la masa y, por tanto, no habría necesidad de investigación. Se trata de un recurso efectista, inaplicable a la inmensa mayoría de las denuncias, y que sólo sirve para disimular que en la Provincia no hay verdadera investigación penal, tal como lo reconocieron representantes de jueces, fiscales, defensores, abogados, trabajadores judiciales y funcionarios de gobierno, en un documento emitido a fines de 2004, en el Consejo Consultivo para la Reforma Judicial, creado y cerrado por el Poder Ejecutivo. Por otra parte, la flagrancia es "considerada" desde la palabra emitida por nuestra depreciada institución policial.

Los delitos flagrantes los cometen los delincuentes menos capaces, que son menos de un dígito de los denunciados, y sí representan una parte importante de los procesos con procesados; ello es, precisamente, porque más del 70% de las denuncias no son investigadas y terminan en la nada (se archivan, etc.), motorizando la sensación de inseguridad e impunidad que padece la ciudadanía, y favoreciendo a los grandes delincuentes públicos y privados y a los sectores más reaccionarios, partidarios de la mano dura.

Sin embargo, la nueva reforma procesal -decimoquinta enmienda al sistema en ocho años- mantiene y refuerza el esquema investigativo impuesto en 1998, violatorio, en su ejecución, de múltiples principios constitucionales:

El de imparcialidad, que debe regir todos los actos de conocimiento y juzgamiento de delitos, ya que le entrega a la parte fiscal la captación virtualmente monopólica de la prueba. El de igualdad de las partes, porque subordina a la defensa, despojada de recursos que le permitan controlar a los fiscales y a la policía durante la investigación preliminar. El de separación de los poderes, porque la policía dependiente del Poder Ejecutivo, a la que se la denomina sin tapujos "en Función Judicial", conserva un rol determinante, cada vez más gravitante en la investigación, con gran aporte de recursos públicos, mientras la Policía Judicial languidece en el papel ignoto que se le asignó para hacer como que se cumple con la Constitución Provincial, y las oficinas periciales de la Suprema Corte vegetan en el olvido, la incomprensión y la frustración. No está demás recordar que esa impropia potestad policial fue causa de la "maldita policía". Algunos resultados tremendos de esos defectos son admitidos por el gobierno, pero sin que lo muevan a revisar a fondo el sistema: por ejemplo, la aceptación oficial de que cerca de un 30% de los acusados, incluyendo a los que sufren años de prisión preventiva, van a ser declarados inocentes en el juicio. ¿No significa esto que se acostumbra enjuiciar sin real posibilidad probatoria y a causa de un régimen de pruebas librado al arbitrio?

Aquella reforma del ’98, ¿no tenía entre sus fines limitar el poder policial, cambiar los ejes investigativos y permitir una mejor y más acabada ejecución del legítimo derecho de defensa? ¿Dónde quedaron esos principios?
La nueva reforma no opone ninguna barrera a los abusos de la negociación transaccional, del principio de oportunidad, del juicio abreviado y de la suspensión del juicio a prueba, que violan garantías individuales elementales de los sectores populares, como tampoco introduce los cambios imprescindibles para que la justicia de garantías y la de ejecución tengan real ingerencia para terminar con la atroz realidad carcelaria.

El proyecto oficial, copiando el modelo único importado y so pretexto de administrar mejor los recursos y de liberar a los jueces de tareas burocráticas, los volverá totalmente dependientes de estructuras y funcionarios eficientistas, que los presionarán para que se amolden a las pésimas disponibilidades edilicias y a la precariedad de medios, que son constantes en la justicia; para que dicten sentencias rápidas, baratas y formularias, porque será más importante la estadística que la justicia fundada en la verdad y en ley. Copiando, de esta manera, aquellas estadísticas policiales (maldita policía) que llevaron, entre otras, cosas a la necesidad de la reforma del año ’98.

Estos defectos ostensibles y otros de carácter técnico que ponen de manifiesto organismos de derechos humanos, permiten afirmar que esta reforma, como la de 1998, por su ejecución conducirá a nuevas crisis que seguirá dando pasto a la ideología represiva, a pesar de que los grupos privilegiados no corren peligro, porque el sistema penal sigue y seguirá apuntado contra los menos favorecidos en el reparto de las riquezas. Con relación a nuestros legítimos intereses y derechos laborales y gremiales sostenemos que esta reforma se perfila como un grave peligro, que viene a sumarse a los abusos que padecimos por causa de la reforma compulsiva de 1998, por la masiva violación de la carrera judicial, la sobreexigencia horaria y laboral, el trato autoritario, el acoso laboral, el deterioro de la salud, el trabajo gratuito, los sumarios arbitrarios, la prohibición de ejercer derechos gremiales, entre otros males.

Frente a ello, exigimos la inmediata sanción de la Ley de Convenios Colectivos de Trabajo para los judiciales y anticipamos que daremos batalla a cualquier propósito de frustrar nuestros derechos y de seguir modificando unilateralmente nuestras condiciones de trabajo.
Los judiciales queremos, y lo hemos demostrado con hechos, que la justicia funcione de verdad, para lo cuál son indispensables, entre otros pasos:

Urgentes medidas para sacar de la pobreza a millones de familias bonaerenses, especialmente a sus niños y jóvenes, para que no corran riesgo de ingresar al sistema penal, y de sufrir la represión y el gatillo fácil; Acelerado proceso de reparto de la riqueza y de establecimiento de la equidad social; Discusión amplia y democrática, con participación popular, de un modelo de justicia autodeterminado según nuestras necesidades y, dentro de ella, de la justicia penal capaz de investigar por sus propios medios, respetuosa de los derechos humanos, que ejemplifique arremetiendo contra los grandes delincuentes; Selección de jueces y funcionarios con intervención gravitante de los trabajadores y de la ciudadanía y sin interferencias partidistas o corporativas; Recursos materiales suficientes para el Poder Judicial; Respeto por los derechos de quienes trabajamos en la Justicia.

(*) Secretario General de la Asociación Judicial Bonaerense (AJB-CTA) y Secretario Gremial de la CTA de la Provincia de Buenos Aires

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