A sólo siete meses de haber asumido, Daniel Scioli impulsa la segunda reforma del procedimiento penal bonaerense en su corto mandato. Esta vez intenta el consenso de los distintos poderes del Estado y de los actores internos de la Justicia. Sin embargo, la reforma no termina de convencer y crece la sensación de que se buscan parches que no hacen más que evitar la discusión de fondo.
En diciembre del año pasado, el Gobernador modificó el Código de Procedimiento Penal para generalizar el protocolo de flagrancia (cuyos efectos sobre la criminalización de la pobreza y la orientación de la política criminal analizamos detalladamente en En Marcha N° 47) y aplicar reformas sobre las instancias recursivas, que afectaron tanto al Tribunal de Casación como a las Cámaras de Apelación departamentales.
Dicha reforma fue inconsulta y aprobada casi sin debate por la legislatura, urgida por un Gobierno apremiado por la agenda mediática que sólo ve en la Justicia penal el camino para enfrentar determinados tipos delictivos y la inseguridad.
La segunda reforma intenta ser consensuada con los otros poderes del Estado (Legislativo y Judicial) y con los operadores del sistema, trabajadores judiciales, jueces y abogados a través de sus organizaciones. Sin embargo, actores importantes quedaron fuera del debate, como los organismos de derechos humanos y organizaciones sociales vinculadas a la Justicia penal. algo más que método
"Hay que ampliar el debate para que éste sea lo mas rico posible, sobre todo cuando se está viendo que gran parte de los problemas de funcionamiento del sistema tienen que ver con las prácticas de sus operadores", sostiene Paula Litvachky del CELS.
Esta entidad, junto a la Comisión Provincial por la Memoria y la APDH-La Plata, pidieron participar a través de una carta enviada a Ricardo Casal, Ministro de Justicia. La misiva, apoyada por la AJB ante el propio ministro, todavía no obtuvo respuesta.
Por otra parte, el Ministerio de Justicia se reservó la decisión sobre qué se discute y elaboró un proyecto de ley que acota los cambios a algo menos de cincuenta artículos de la ley 11.922 (ver recuadro De qué se trata), sobre los que podrán opinar, a través de un foro virtual, sólo los estamentos y organizaciones invitadas a hacerlo.
Esta primera etapa ya está concluida y ahora la cartera de justicia se apresta a "sintetizar" las distintas opiniones en un proyecto único, el cual será girado nuevamente a los participantes para después, "totalmente consensuado", remitirlo a la Legislatura para su tratamiento.
Casi todos los consultados por En Marcha coincidieron en señalar que la opinión virtual centralizada dificulta el intercambio de opiniones. También que la construcción de consensos es muy difícil cuando el Poder Ejecutivo fue quien definió de antemano aquello que está en discusión, en lugar de ser producto de una agenda de temas elaborada en común.
objeciones
Puestos a discutir lo que el Gobierno pretende, la reforma tampoco despierta entusiasmo en sus aspectos centrales. La Red de Jueces Penales expresó, a través de un documento suscripto por magistrados de toda la provincia, su "enérgico rechazo" a la iniciativa oficial, mientras que en la representación de los trabajadores judiciales, magistrados y abogados se multiplican los cuestionamientos.
Los jueces penales consideran "particularmente preocupante" la propuesta de reducir los órganos colegiados, ya que consideran que "debilita" y hace más "vulnerables" a los jueces "frente a los grupos de poder formal e informal". Además, "el tribunal colegiado brinda mayores garantías a las partes", coinciden los distintos sectores consultados.
Tanto el Colegio de Abogados como el de Magistrados cuestionan además que el particular damnificado comparta con el Ministerio Público Fiscal la exclusividad de la acción penal pública. Consideran que esta medida supone una suerte de "privatización" y que debilita al sistema acusatorio.
La posibilidad de extender hasta tres años la prisión preventiva en casos complejos y de no fijarle límites cuando hay sentencia condenatoria que no está firme, produce un rechazo unánime tanto dentro del Poder Judicial como entre los organismos de derechos humanos.
También cuestionan la disparidad de recursos entre fiscalía y defensa, la falta de autonomía de ésta y la intención de delegar en funcionarios letrados aquello que tiene que hacer el defensor, como asistir a su defendido cuando éste presta declaración.
parches
La sensación general es que lo importante no se está discutiendo. "La propuesta implica discutir algunas cuestiones muy puntuales, que tienen que ver con acelerar algunos plazos y mejorar algunos trámites, pero deja afuera las cuestiones centrales", explica Litvachky. "Son salidas coyunturales, con una mayor carga de necesidad política que de dar respuestas en lo jurídico", completa Hugo Blasco, desde la AJB.
Marta Vedio, desde la APDH-La Plata, advierte que se evita discutir sobre aquello que "el modelo actual no persigue la corrupción, la tortura, los delitos de los funcionarios y los de guante blanco". Mientras que Pedro Auge, del Colegio de Abogados, prefiere una "reforma que sea integral y no parcial, que no sea un parche, porque las sucesivas y continuas reformas que se han generado provocan una sensación de incertidumbre".
Convertir instancias colegiadas en unipersonales, delegar aspectos de la defensa pública en funcionarios o establecer plazos para la realización del debate cuando hay tribunales y juzgados que no tienen sala de audiencias ni personal suficiente, parecen medidas economicistas, de esas que promueven el "arreglémonos con lo que tenemos", y demasiado exiguas para transformar la Justicia penal.
Si el Gobierno provincial busca consensos, la discusión debe ser amplia e integral. Poner en debate cómo dotar de transparencia, independencia y participación ciudadana el sistema de selección de jueces, fiscales y defensores; la puesta en marcha de la policía judicial; qué niveles de prisionización son los buscados; cómo enfrentar la crítica situación carcelaria; qué infraestructura requiere hoy la Justicia penal y cómo jerarquizar su factor humano; cuál es el objeto de la política criminal y los sujetos implicados. Es decir, ponerlo todo en discusión.
De qué se trata
Por Daniel Giarone
La reforma del procedimiento penal bonaerense que impulsa el Ministerio de Justicia alcanza a casi medio centenar de artículos de la ley 11.922 y sus modificatorias. Los ejes principales de la reforma son los siguientes:
El particular damnificado podrá ejercer la acción penal pública, hoy propiedad exclusiva del Ministerio Público Fiscal.
En los casos complejos la prisión preventiva puede extenderse hasta tres años. Cuando la sentencia condenatoria no está firme, la prisión preventiva no tiene término.
Ampliación del cuestionado instituto del juicio abreviado.
Los tribunales criminales y las cámaras de apelación y garantías dejarán de ser órganos colegiados en determinados casos. Los primeros, cuando juzguen delitos cuya pena máxima no exceda los 15 años de prisión, salvo que se trate de faltas cometidas por funcionarios públicos. Las cámaras para dirimir cuestiones de competencia e impugnaciones contra interlocutorios.
El mismo fiscal y defensor oficial deberán intervenir tanto en la instrucción como en el debate.
Un funcionario letrado de la Defensoría Oficial podrá reemplazar al Defensor cuando el imputado preste declaración.
El incumplimiento de plazos y términos establecidos en distintos supuestos son considerados faltas graves, siendo pasibles de sanciones jueces y fiscales.
El debate deberá realizarse dentro de los seis meses de elevada la causa a juicio, estableciendo día, hora y lugar la Secretaría de Gestión Administrativa y no el juzgado o tribunal interviniente.
"Habría que debatir el sistema de elección de jueces"
Por Hugo Blasco, Asociación Judicial Bonaerense
Una de las primeras observaciones que le hicimos saber al Ministro de Justicia es que está bien esta consulta on line en una primera etapa de intercambio, pero que tiene que haber un ida y vuelta porque de lo contrario no se enriquece el debate. Tiene que haber alguna instancia personalizada.
En lo que respecta al proyecto, hay algunas cosas favorables y otras que no lo son. Lo favorable es que mantiene viva la acción penal por parte de la víctima. Igual que el tema de los plazos a los jueces y fiscales que le da más certidumbre a las cosas. Pero es cuestionable que el Defensor pueda ser sustituido en una audiencia por un secretario o un oficial letrado.
Otro punto controvertido es que si la pena prevista en el Código Penal es hasta 15 años, el proceso va a ser resuelto por un juzgado unipersonal y no un Tribunal, como si fuera una cuestión sencilla. En ese sentido, un tribunal son tres opiniones que pueden generar una certeza mayor.
De todas maneras, la reforma es una salida coyuntural que responde más a una necesidad política que a dar respuestas en lo jurídico. Esta reforma hace hincapié en el combate, investigación y proceso penal derivado de acciones delictivas menores, realizadas por los sectores más vulnerables de la sociedad. Es decir, acá nunca se hace hincapié en el delito de guante blanco, ni en el económico, ni en el que es producto de la corrupción política.
Además, en este proyecto no hay una asimetría entre la importancia que se le da al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio Público de la Defensa. Si vemos las estructuras de la fiscalía y defensoría vamos a ver que las últimas son mucho más chicas y limitadas en su capacidad de accionar que las fiscalías.
Esto tiene su correlato en la persecución del delito menor. Sobre estos delitos hay una gran actividad fiscal, pero no hay defensa que alcance. La mayoría de los acusados no tienen forma de defenderse con un abogado particular por falta de recursos, entonces tiene que recurrir a la defensa oficial que se ve sobrepasada. En la práctica es una defensa formal del procesado, pero no real. Más allá de las buenas intenciones de los defensores es imposible defender a una persona con la que no se ha podido hablar porque defensores oficiales no tienen tiempo material de hacerlo.
Otro punto que creemos que hay que abordar es el sistema de elección y de control de jueces, magistrados, fiscales y defensores. Este mecanismo debería ser público e incorporar al Consejo de la Magistratura representantes del Poder Judicial, trabajadores judiciales y representantes de la comunidad. Porque ahora la designación o la selección de los postulantes está en manos del poder político. Creemos que las audiencias de los candidatos deberían ser públicas como en Entre Ríos y Chubut. Este tema es muy importante y no está en la agenda política.
"No se discute un sistema de defensa serio"
Por Paula Litvachky, Centro de Estudios Legales y Sociales
Nuestra primera opinión tiene que ver básicamente con el modo de discutir lo que se propuso. Esta idea de lanzar un proyecto y decir que lo someto a discusión a partir de una instancia virtual en la que sólo algunos tienen clave, no parece ser un sistema participativo en serio.
Con respecto al contenido, tenemos una opinión bastante parecida a la que tuvimos en su momento con el proyecto de Solá. Si bien es necesario modificar el Código Procesal, la reforma de la aplicación de la prisión preventiva, es preocupante.
La propuesta implica discutir algunas cuestiones muy puntuales del Código que tiene que ver con acelerar algunos plazos e intentar mejorar algunos trámites. Pero deja afuera cuestiones que para nosotros son centrales en el funcionamiento del sistema penal en la provincia y tienen que ver con la responsabilidad del poder político en los procesos de selección de los funcionarios judiciales. Es una atribución que tienen el Poder Ejecutivo y el Senado. Y ahí vemos innumerables problemas graves. Y desde el Ministerio de Justicia no se están promoviendo reformas para cambiar esa situación.
La otra cuestión que está quedando afuera y nos parece fundamental discutir, es la defensa pública. Se está tratando de modificar el funcionamiento del proceso penal pero no se discute cómo dar igualdad de armas en ese proceso y hacer un sistema acusatorio serio. Discutir las posibilidades que va a tener la defensa de hacer investigaciones propias, cómo se tiene que organizar, cómo tiene que trabajar en relación con las personas privadas de libertad, etc., son cuestiones más operativas, que necesitan alguna reforma normativa o por lo menos alguna discusión sobre cómo mejorar y esto está ausente del debate.
Otra cosa que quedó fuera es cómo se va a resolver la cuestión de los detenidos, la superpoblación, la responsabilidad del Poder Judicial en la situación de las personas privadas de la libertad. Para nosotros son todas cuestiones procesales fundamentales para discutir en el marco de una reforma del sistema en la provincia.
Nuestra primera opinión tiene que ver básicamente con el modo de discutir lo que se propuso. Esta idea de lanzar un proyecto y decir que lo someto a discusión a partir de una instancia virtual en la que sólo algunos tienen clave, no parece ser un sistema participativo en serio.
Con respecto al contenido, tenemos una opinión bastante parecida a la que tuvimos en su momento con el proyecto de Solá. Si bien es necesario modificar el Código Procesal, la reforma de la aplicación de la prisión preventiva, es preocupante.
La propuesta implica discutir algunas cuestiones muy puntuales del Código que tiene que ver con acelerar algunos plazos e intentar mejorar algunos trámites. Pero deja afuera cuestiones que para nosotros son centrales en el funcionamiento del sistema penal en la provincia y tienen que ver con la responsabilidad del poder político en los procesos de selección de los funcionarios judiciales. Es una atribución que tienen el Poder Ejecutivo y el Senado. Y ahí vemos innumerables problemas graves. Y desde el Ministerio de Justicia no se están promoviendo reformas para cambiar esa situación.
La otra cuestión que está quedando afuera y nos parece fundamental discutir, es la defensa pública. Se está tratando de modificar el funcionamiento del proceso penal pero no se discute cómo dar igualdad de armas en ese proceso y hacer un sistema acusatorio serio. Discutir las posibilidades que va a tener la defensa de hacer investigaciones propias, cómo se tiene que organizar, cómo tiene que trabajar en relación con las personas privadas de libertad, etc., son cuestiones más operativas, que necesitan alguna reforma normativa o por lo menos alguna discusión sobre cómo mejorar y esto está ausente del debate.
Otra cosa que quedó fuera es cómo se va a resolver la cuestión de los detenidos, la superpoblación, la responsabilidad del Poder Judicial en la situación de las personas privadas de la libertad. Para nosotros son todas cuestiones procesales fundamentales para discutir en el marco de una reforma del sistema en la provincia.
"Las prisiones preventivas son muy extensas"
Por Marta Vedio, APDH La Plata
Desde la APDH pensamos que más allá de los artículos específicos que se proponen reformar, debe ponerse en discusión cuál es el modelo de Justicia penal que queremos. Y de qué manera este modelo está en condiciones de garantizar el Derecho de Defensa para todos, de garantizar la igualdad de armas entre la Defensoría de Casación y una Fiscalía. El Ministerio Público Fiscal está sobredimensionado y con una abundancia de recursos económicos y legales que la Defensoría no dispone.
En cuanto al proyecto de Reforma en sí, hay muchísimas objeciones, estamos fundamentalmente por el principio de inocencia que el Código debería promover, no como hace ahora que mantiene una prisión preventiva con plazos extensísimos.
También nos parece conveniente que el mismo Fiscal que llevó la investigación lleve adelante el Juicio Oral porque en la actualidad muchas causas se desisten en la etapa de Juicio Oral por- que el Fiscal de Primera Instancia las elevó con muy pocas pruebas. Entonces viene otro Fiscal, lo mira con un criterio objetivo y se da cuenta de que no puede juzgar con lo poco que tiene. En cambio si la causa la lleva el mismo Fiscal que la elevó, va a ser muy difícil que desista de llevar a cabo un juicio necesario.