El Estatuto del Peón fue una de las medidas sociales de mayor trascendencia que dio el peronismo. Su sanción, por decreto 28.169, el 8 de octubre de 1944, señala el comienzo de la protección legal del trabajador rural. Las políticas públicas habían estado históricamente vinculadas al desarrollo del agro argentino. Sin embargo, la década de 1940 traía varias novedades.

Por un lado, la política agraria iba a ponerse a disposición del proyecto industrialista. Por otro, la Secretaría de Trabajo y Previsión iba a dictar una serie de medidas de gran trascendencia para los trabajadores del sector.

Entre 1944 y 1946, el gobierno dictó el Estatuto del Peón, fortaleció el poder de negociación de los sindicatos rurales, estableció el Estatuto del Tambero-Mediero, respaldó públicamente y se comprometió a mantener la rebaja obligatoria del precio de los arrendamientos y la suspensión de los desalojos, y trasladó al Consejo Agrario Nacional al ámbito de la STyP, desde donde se llevaron adelante algunas expropiaciones. Perón sostendrá “la tierra no debe ser un bien de renta, sino un bien de trabajo”.

Con la sanción del Estatuto del Peón, el gobierno buscaba establecer medidas en defensa del salario del peón y la estabilidad del trabajador, disponiendo además la inembargabilidad de los salarios, el pago en moneda nacional, la ilegalidad de deducciones o retenciones, salarios mínimos, descansos obligatorios; alojamiento en mínimas condiciones de higiene, buena alimentación, provisión de ropa de trabajo, asistencia médico-farmacéutica y hasta vacaciones pagas.

En diciembre de 1946, el Congreso sancionaba la Ley 12.921, promulgada en junio de 1947, que ratificaba el Estatuto del Peón, entre otros decretos. Meses más tarde, se sancionaba la Ley 13.020 que reglamentaba el trabajo de cosecha. Esta situación hacía pensar a muchos que se estaba llevando adelante una “revolución agraria”, a pesar de que otras decisiones gubernamentales matizaban bastante tal denominación, como el hecho de que la Secretaría de Agricultura estuviera manejada por hombres de la Sociedad Rural Argentina, como Juan Carlos Picazo Elordy.

Durante la Dictadura de 1976-1983, las leyes rurales del peronismo serían derogadas. Recordamos en esta fecha, la sanción de dicho estatuto. Lo hacemos con las palabras que Perón diera un día antes de su puesta en vigencia, el 17 de noviembre de 1944, explicando su sentido.

“Este estatuto tiende a solucionar posiblemente uno de los problemas más fundamentales de la política social argentina. La situación del peón en el país es de extraordinario desmedro para los hombres que trabajan en el campo. La Constitución del 53 abolió la esclavitud, pero lo hizo teóricamente porque no es menor la esclavitud de un hombre que en el año 44 trabajaba para ganar 12, 15 ó 30 pesos por mes. Y esa es la situación del peón. Se encuentra en una situación peor que la del esclavo, porque a éste el amo tenía la obligación de guardarlo cuando viejo, hasta que se muriera; en cambio al peón, cuando está viejo e inservible le da un chirlo como al mancarrón para que se muera en el campo o en el camino. Es una cuestión que ningún hombre que tenga sentimientos puede aceptar. Yo sé que el Estatuto del Peón ha sido, es y será resistido, pero sé también que ha sido, es y será indispensable establecerlo. No tomaremos medidas violentas para hacerlo ejecutar, pero queremos que entre esto en el ambiente de una vez y que, paulatinamente, vaya ejecutándoselo en la mejor forma posible, para que en nuestro país no exista en adelante, la vergüenza actual de que casi medio millón de hombres esté ganando menos de 45 pesos por mes, mal cobijados, mal vestidos y mal comidos.”

Juan Domingo Perón

«Fuente: El Historiador»