la soberanía nacional, la independencia económica, y la justicia social (ejes insoslayables para el progreso del pueblo y el país) se consolidaban en aquella inolvidable constitución sancionada el 11 de marzo de 1949.
valoremos juntos la reforma de la carta magna, invocando algunos puntos del arte que por esos años se expresaba también en política.
art. 29: se constitucionaliza el habeas corpus.
art. 34: se legisla sobre el estado de prevención y alarma.
art. 35: se condena el abuso de derecho y cualquier forma de explotación del hombre por el hombre.
Capítulo tercero art. 37: otorga fuerza constitucional a los derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad, de la educación y de la cultura.
art. 38: consagra la función social de la propiedad, el capital y la actividad económica.
art. 40: la organización de la riqueza y su explotación tiene por fin el bienestar del pueblo. establece que: "los minerales, caídas de agua, yacimientos de petróleo, carbón y gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales son propiedades imprescriptibles e inalienables de la nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias (nacionalizaciones).
art. 68, inciso 5°: da fuerza constitucional a la nacionalización de la banca central al sostener que ningún banco oficial podrá ser entidad mixta o controlada por particulares.