Próximamente se cumplirán 10 años de la adjudicación a EDEA S.A., por parte de la Provincia de Buenos Aires, de la explotación del servicio de distribución eléctrica -con carácter monopólico- en la región sudeste atlántica que anteriormente explotaba ESEBA S.A.

La misma fue privatizada, motivando las críticas formuladas oportunamente por esta Organización Sindical, destacándose en especial, la inconveniencia del traspaso de activos propios del patrimonio público al privado, lo cual nos ha ocasionado perjuicios por nuestra postura, no sólo institucionalmente hablando, sino incluso por ser afectados los derechos laborales de nuestros afiliados y de todos los trabajadores de EDEA S.A.

Hoy, con los resultados a la vista, y ante el fracaso de un modelo socio-económico cuya culminación es el desguace del Estado en los años ’90, sería fácil colocarnos en una posición de tipo paternalista, y adoptar la mera crítica o la actitud que se resume en: " ya lo dijimos". Sin embargo, nunca ha sido nuestra intención adoptar una postura de tipo fatalista y quedarnos sólo en lo declamativo. Seguimos y seguiremos luchando por algo que consideramos esencial: La Energía como un bien social y la industria eléctrica, la cual -dado su carácter primario, estratégico y monopólico- debe estar en manos de todos a través del Estado y hasta que ello ocurra exigiremos el cumplimiento, por un lado, de las obligaciones que asumió EDEA S.A. para con sus trabajadores, y por otro, seguiremos bregando para mejorar la calidad del servicio para los usuarios que pagan una de las tarifas eléctricas mas elevadas del país.

Cuando se determinó la venta de los activos estatales a las diferentes concesionarias que desguazaron a ESEBA S.A., se impuso como condición que el 10% del paquete accionario de las nuevas concesionarias, quedarían en manos de los trabajadores.

Es decir, los mismos ostentarían una situación dual: dependientes y socios de la empresa. Ahora bien, esta participación como socios no sería una donación, ya que los trabajadores pagaríamos el 10% del capital con las ganancias proporcionales de la sociedad y el 50% de un bono de utilidades; creándose para ello el sistema denominado "Programa de Participación Accionaria del Personal (PPAP)" el cual debía instrumentarse en un lapso no superior a 120 días computados desde que el privado se hiciere cargo del negocio; esto es: desde el 1 de julio de 1997.

En el interregno, los trabajadores debíamos manifestar nuestra intención de ser accionistas, el Estado Provincial determinar una fórmula poli nómica para indicar la cantidad de acciones que cada trabajador debía adquirir, EDEA S.A. suscribir un contrato de fideicomiso con el Banco Provincia transfiriéndole a dicha institución bancaria el 10% de las acciones pertenecientes a los trabajadores, para su administración y posterior transferencia a estos últimos una vez canceladas. Cabe observar que, durante la vigencia del fideicomiso, los trabajadores igualmente tienen derecho a una representación en los diferentes órganos societarios - Directorio, Asamblea y Comisión Fiscalizadora -, y que la FATLyF, hasta que se completara la implementación del PPAP, debía ejercer la representación indirecta de los trabajadores, destinatarios del 10% de las acciones, en dichos órganos.

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