La delegación de la CTA compuesta por Hugo Yasky, Pablo Micheli y Pedro Wasiejko, votó en contra de la posición llevada al plenario del Consejo del Salario por el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, con el aval de la CGT y la representación empresaria que, juntos, totalizaron 29 votos para aprobar el nuevo Salario Mínimo que recién terminará de conformarse en enero de 2011.
La CTA reclamó un mínimo de 2.347 pesos, es decir, que solicitó un aumento del mínimo del 60 por ciento a nivel nacional, con posibilidad de que se establezca en 2.200.
A su vez, los representantes de la Central reclamaron que el Salario Mínimo sea valor de referencia para la administración pública provincial y municipal.
Según la normativa vigente, el mínimo contempla hoy a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 de la administración pública nacional y de todas las entidades y organismos en los que el Estado actúa como empleador.
"De no profundizarse las políticas para combatir el trabajo en negro y de no establecerse el valor real de la canasta, la modificación del mínimo tendrá un impacto parcial", dijo Wasiejko.
El Consejo, además de determinar el valor del haber mínimo, puede establecer los mínimos y máximos del seguro de desempleo; realizar estudios sobre la situación sectorial a fin de conocer las posibilidades de reinserción laboral y las necesidades de formación profesional y formular recomendaciones para la elaboración de políticas y programas de empleo y formación.
Del mismo modo, puede proponer medidas para incrementar la producción y la productividad y fijar los lineamientos, metodología, pautas y normas para definir una canasta básica que se convierta en elemento de referencia para el mínimo.
"El Consejo del Salario es realmente una herramienta y una instancia sumamente significativa para impulsar una experiencia de concertación de todos los sectores productivos a favor de un proceso de redistribución justa de los ingresos y de reindustrialización del país", puntualizó el sindicalista.
Wasiejko sostuvo que resulta primordial incorporar a la agenda la situación de los trabajadores formales (en blanco) y de la fuerza laboral precarizada (en negro), de los estatales municipales y provinciales y de los que perciben el Plan Jefas y Jefes.
"Ello, en definitiva, termina siendo el piso del mínimo en la cotidianeidad, por lo que el Consejo debe trabajar a pleno en sus comisiones y en toda su complejidad en procura de superar los acuerdos coyunturales", explicaron Wasiejko y Yasky.
Por su parte, Micheli indicó que el mínimo debe ser proporcional al valor de "la canasta básica", que según la CTA se ubica en 4.800 pesos para una familia tipo, y sostuvo que "los empresarios, la CGT y la Sociedad Rural (SRA) procuran fijarlo en 1.850 pesos".
"El Consejo debe ser convocado a principios de año para marcar el piso de las futuras discusiones paritarias y no permitir que se desdibuje frente al cierre de los convenios", concluyó Micheli.
En línea con la posición de la CTA, que pedía una cifra mayor que la dispuesta, el diputado Claudio Lozano difundió un estudio que cuestiona el "inexistente impacto" de la medida, si se tiene en cuenta que "el 43,2% de la población activa gana menos que el salario mínimo". Según agregó, "se trata de casi 7,4 millones de trabajadores", cifra que incluye a asalariados y a cuentapropistas.
Posición de la CTA en la Comisión de Salario
"La Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), a través de sus representantes Pedro A. Wasiejko (titular) y Hugo Yasky (alterno), presentes en la reunión de la Comisión de Salario, celebrada el 4 de agosto de 2010, hacen constar la siguiente posición:
La CTA, ratificando la posición sentada en reuniones anteriores de esta Comisión, señala preliminarmente que el cometido del Consejo del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil (CSMVM) no se agota con la mera fijación del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Es necesario remarcar que, no obstante reunirse este órgano en sexta oportunidad desde que tuvo lugar su reactivación en 2004, el CSMVM continúa sin cumplir la función principal que le asigna la ley, esto es, la aprobación de “la metodología, las pautas y normas de una canasta básica para la determinación del salario mínimo, vital y móvil”.
A tal fin, sin perjuicio de insistir en la necesidad de que el Gobierno, a través de sus órganos competentes, como oportunamente observó la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, ratifique los Convenios n° 131 y 160 de la OIT, sobre Salario Mínimo y sobre Estadísticas del Trabajo, es necesario que la autoridad de aplicación laboral —el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación— cumpla y haga cumplir las pautas aportadas por dichas normas internacionales, conforme a las cuales los Gobiernos deben:
1°) establecer un sistema de salarios mínimos aplicable “a todos los grupos de asalariados” respetando en todo momento la autonomía de la negociación colectiva;
2°) asegurar que entre los elementos que deben tenerse en cuenta para determinar el nivel de los salarios mínimos deberían incluirse: “las necesidades de los trabajadores y sus familias habida cuenta del nivel general de salarios en el país, del costo de vida (y) de las prestaciones de seguridad social”;
3°) establecer y mantener mecanismos adaptados a sus condiciones y necesidades nacionales, que hagan posible fijar y ajustar en el tiempo los salarios mínimos protegidos;
4°) adoptar medidas de inspección adecuada y complementaria de otras medidas necesarias para asegurar la aplicación efectiva de todas las disposiciones relativas a salarios mínimos;
5°) proveer datos y estadísticas básicas del trabajo, con la obligación de que comprendan, entre otras materias, “los índices de precios del consumo” y “los gastos e ingresos de las familias y los hogares”.
El cumplimiento de las exigencias enunciadas precedentemente no puede concebirse sin poner fin en forma prioritaria a la intervención del INDEC y la manipulación de fuentes de datos y métodos de elaboración de los índices.
Por otra parte, el cumplimiento de la finalidad esencial del Salario Mínimo Vital Móvil, y asimismo la del Consejo, requiere inexcusablemente el funcionamiento permanente de todas sus Comisiones y el tratamiento de los temas centrales de la política laboral y social que están dentro de su competencia, en lugar de la reunión única anual que se verifica desde hace tiempo.
Mientras esto no ocurra, resulta imperiosa la actualización del SMVM. A ese fin, teniendo en cuenta que el costo de la canasta básica, según nuestros propios cálculos, en la actualidad asciende a la suma de $ 4.600.-, creemos necesario establecer, en la suma de $ 2.200.- la actualización del SMVM a partir del 1° de julio del año en curso. No está de más señalar, frente a algunas expresiones del sector empresario en el sentido de que el SMVM estaría sobrevaluado, que si se aplicara la metodología que se utiliza en varios países del mundo, que lo fija en el 60% del promedio de los salarios vigentes, el SMVM debería ascender al importe de $ 2.347.- Por otra parte, la CTA sostiene que es imprescindible la equiparación de las prestaciones en concepto de “asignación por hijo” que rige a nivel nacional, para todos los trabajadores, privados y del sector público provincial y municipal.
Asimismo, la CTA señala la necesidad de que este Consejo recomiende a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, la puesta en práctica de políticas públicas que permitan avanzar con la universalización de todas las asignaciones familiares y la concreción de la movilidad de los haberes jubilatorios en el 82% de la remuneración.
Así también, deben discutirse acciones efectivas para terminar con la inequidad que condena a los trabajadores y trabajadoras de las regiones más pobres de nuestro país, tanto del sector público como del privado, a percibir salarios ostensiblemente inferiores a los que se establecen a través de este Consejo; por lo que deberían arbitrarse las medidas necesarias para que lo que se resuelva en este ámbito involucre a los más de un millón y medio de trabajadores municipales y provinciales y a la inmensa masa de trabajadores que se encuentran en situación de empleo no registrado.
En último término, esta Central de trabajadores señala que correspondería al CSMVM debatir, en futuras reuniones, otros temas trascendentes de las relaciones laborales en el país que hacen al interés de los trabajadores, como una reforma integral del sistema impositivo de manera que se asegure la justa redistribución del ingreso nacional", finaliza la ponencia que lleva las firmas de Hugo Yasky, Pablo Micheli y Pedro Wasiejko, secretario general y secretarios adjuntos de la CTA respectivamente.