El decreto deja abierta la posibilidad de percibir la denominada “Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur” a los que hayan tenido causas en trámite por aquellos hechos cometidos durante la dictadura militar, delitos que pueden encuadrarse en "violaciones de los derechos humanos" como tortura, tortura seguida de muerte, (Art. 144 del Código Penal), robos, homicidios y delitos conexos cometidos como miembros de una organización delictiva, en este caso dirigida por las juntas militares que gobernaron durante el llamado "Proceso", y que no hayan sido CONDENADOS, sea porque no se llegó a la condena, o se cerraron los procesos durante la vigencia de las leyes de punto final y obediencia debida.
En esta condición, se encuentran personajes como el teniente de navío Antonio Pernías y el teniente de fragata Alfredo Astiz implicados en la desaparición seguida de muerte de la monja francesa Alice Domon y todo aquel militar que haya participado en hechos de violaciones a los derechos humanos no condenados o beneficiados por las leyes de obediencia debida o punto final y luego haya tomado parte en la Guerra de Malvinas.
Los antecedentes
Pernías (ESMA) participó en Malvinas como Jefe de Operaciones del Batallón de Infantería de Marina BIM 5.
Torturo con picana eléctrica y quemaduras de cigarrillo a Carlos García, Graciela Daleo, Ricardo Coquet y María Milia de Pirles a quines además les hizo un simulacro de fusilamiento. El militar está acusado de haber cometido 22 delitos durante su actuación como oficial de inteligencia del G.T 3.3.2. Responsable de las desapariciones de las monjas francesas Alice Domon y Leonie Duquet y de los familiares de desaparecidos secuestrados en la Iglesia Santa Cruz, en Diciembre de 1977 a quienes además torturó. Responsable también del homicidio de los curas palotinos Pedro Duffau, Salvador Barbeito, Alfredo Kelly, Alfredo Leaden y José Barbeti. Sus apodos eran “Rata”, “Trueno” y “Martín” y tenía documentos falsos a nombre de “Antonio Gaimar”. Este personaje fue desprocesado por la ley de obediencia debida.
Astiz, beneficiado con la ley de Punto Final y Obediencia Debida. Fue comandante de los efectivos destacados en Puerto Leith (Georgias del Sur).
Informe Rattenbach (Punto G, Pág. 240 - (Astiz). “Rindió su tropa al enemigo, sin efectuar la debida resistencia.
Astiz, ante el primer disparo del enemigo alzó la bandera de rendición, pese ha haber sido tan valiente al balear por la espalda a la adolescente Dagmar Hagelin cuando esta corría asustada sin ofrecer resistencia. Se encuentra procesado no condenado y tiene derecho de percibir la “Pensión Honorífica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur”.
Por Verdad, Justicia, Memoria y Soberanía
Los ex soldados conscriptos fuimos testigos de las aberraciones cometidas por oficiales y suboficiales de las FF.AA, a través de los testimonios de los que sufrieron en carne propia la tortura física, psicológica, los estaqueamientos y la traición en Malvinas. Fuimos testigos de la impericia, la irresponsabilidad y la cobardía por parte de quienes nos conducían.
Con esta medida, el Gobierno Nacional “premia con un reconocimiento honorífico” a 3500 oficiales y suboficiales de las FF.AA otorgándole una pensión compatible con cualquier otro beneficio de carácter previsional o de retiro, engrosando además un padrón que asciende, con esta incorporación a más de 18.000 beneficiarios, números que difieren sustancialmente con los datos históricamente conocidos de los efectivos destacados en el Teatro de Operaciones Malvinas.
Una sociedad jamás será justa si no condena la impunidad y a quienes violan la Constitución y los Derechos Humanos. Por ello exigimos la derogación del Decreto 886/05 y un Juicio Por la Verdad de Malvinas.