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El nuevo avance neoliberal que consiste en revertir la matriz económica en perjuicio de las y los trabajadores nos convoca a nuevas formas de organización y es en ese contexto que surgen intersindicales integradas por las tres centrales obreras, organizadas por distintas temáticas.
Desde el Espacio lntersindical Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores y el Espacio lntersindical de Derechos Humanos consideramos que defender la salud de las trabajadoras y los trabajadores es defender a la vez y en su interconexión dos Derechos Humanos fundamentales: el derecho a la salud y el derecho al trabajo.
La propia Organización Mundial de la Salud sostiene que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social". El derecho a la salud para todas las personas significa que todo el mundo debe tener acceso a los servicios de salud que necesita, cuando y donde los necesite. También significa que nadie debería enfermar o morir como consecuencia de sus condiciones de vida o de la falta de acceso a los servicios de salud adecuados. Por eso el derecho a la salud está íntimamente ligado a otros derechos humanos fundamentales, como el acceso al agua potable, a los servicios básicos, a una vivienda digna, a la educación y a condiciones de trabajo seguras.
Entendemos a la salud como Salud Integral, el estado de bienestar no sólo físico sino social y mental. Por eso, el derecho a la salud necesita del derecho al trabajo, derecho humano fundamental que es base para la realización de una vida en dignidad.
El trabajo como derecho humano implica que toda persona tiene derecho a trabajar, a la libre elección de su trabajo, a condiciones satisfactorias, a la protección contra el desempleo,con equidad salarial, remuneración digna, protección social y derecho de sindicalización. Supone que todos debemos tener la oportunidad de ganarnos la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado. La disponibilidad del trabajo, la protección de las y los trabajadores y la no discriminación deben estar garantizadas por el Estado. Así como la existencia de salarios justos, igual salario por igual trabajo y un salario mínimo que permita una vida digna para las trabajadoras y los trabajadores y sus familias. Las condiciones de trabajo deben ser seguras, saludables y no degradantes para la dignidad humana. Esto incluye horas de trabajo razonables un descanso adecuado y tiempo de ocio, así como vacaciones periódicas pagadas.
El derecho a la sindlcalización es parte del derecho al trabajo. Las trabajadoras y los
trabajadores tenemos el derecho a asociarnos entre nosotros y a negociar de manera colectiva para mejorar nuestras condiciones de trabajo y niveles de vida. Tenemos el derecho a formar y afiliamos a sindicatos a formar agrupaciones nacionales o internacionales, así como el derecho de huelga.
Por todas estas razones, la salud de las trabajadoras y los trabajadores es un derecho humano básico. Como tal, es reconocido en convenios y legislación internacional especifica. Configura un bien público, que debe ser preservado, promovido y/o protegido por el Estado en su más amplia concepción. Pero además, como trabajadoras y trabajadores tenemos el derecho a conocer cómo inciden las condiciones de trabajo en la propia salud, y a promover cambios y mejoras en dichas condiciones. Es decir, tenemos el derecho a participar en la política de prevención en los ámbitos de trabajo y a realizar aportes según nuestro criterio y visión como trabajadoras y trabajadores.
Por eso, desde el ESPACIO INTERSINDICAL DE SALUD,TRABAJO Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES y el ESPACIO INTERSINDICAL DE DERECHOS HUMANOS decimos que la participación y la organización de las y los trabajadores en unidad de clase y unidad sindical son fundamentales para garantizar y defender nuestros derechos.